Conflictos de interés y declaraciones financieras

La Revista Pediátrica Especializada (RPE) adopta las recomendaciones del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS), del Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas (ICMJE) y del Committee on Publication Ethics (COPE), que definen los conflictos de interés como aquellas situaciones en las que intereses secundarios, financieros o no financieros, pueden influir de manera inapropiada en el juicio profesional, la interpretación de los resultados, la elaboración del manuscrito o las decisiones editoriales.

La RPE requiere que todos los autores declaren de manera cualquier conflicto de interés relacionado con el estudio presentado. Esta declaración constituye un compromiso con la transparencia científica y no implica necesariamente la existencia de una conducta inapropiada.

Los conflictos de interés pueden ser de naturaleza financiera o no financiera. Los conflictos de interés financieros incluyen, honorarios, consultorías, financiamiento, subvenciones o patrocinio por parte de instituciones públicas o privadas, relaciones laborales o contractuales con organizaciones cuyos intereses puedan verse afectados por los resultados del estudio, entre otros. Por su parte, los conflictos de interés no financieros comprenden relaciones personales o familiares, intereses políticos, ideológicos, religiosos y/o la pertenencia a organizaciones, asociaciones o grupos cuyos intereses puedan verse favorecidos o afectados por los hallazgos o conclusiones de la investigación presentada.

La declaración de conflictos debe ser comunicada por el autor corresponsal, durante el proceso de envío en el formato respectivo Declaración Jurada – Conflicto de interés y tipo de financiamiento. 

Todos los manuscritos deberán incluir una sección denominada “Conflictos de interés” al final del texto, indicando explícitamente la existencia o ausencia de estos. Cuando exista alguna duda sobre si una situación constituye un conflicto de interés, se recomienda declararla.

Los editores, miembros del Comité Editorial y revisores también deberán informar cualquier conflicto de interés relacionado con los artículos asignados y abstenerse de participar en la evaluación o toma de decisiones editoriales cuando su objetividad pueda verse comprometida. Los artículos que incluyan como autores a miembros del Comité Editorial, Consejo Consultivo o equipo editorial de la RPE estarán sujetos al mismo proceso editorial que cualquier otro envío. En estos casos, las personas involucradas no participarán en ninguna etapa de evaluación, decisión editorial o selección de revisores relacionada con el manuscrito.

La RPE evaluará de manera independiente las declaraciones de conflictos de interés y determinará las acciones necesarias para garantizar la transparencia e integridad del proceso editorial.

En caso de detectarse conflictos de interés no declarados, información incompleta o cualquier incumplimiento relacionado con esta política, la revista actuará de acuerdo con las recomendaciones y flujogramas establecidos por el Committee on Publication Ethics (COPE), pudiendo adoptar medidas que incluyan correcciones, expresiones de preocupación, retractaciones o cualquier otra acción que corresponda para preservar la integridad científica de la Revista.